Términos y Condiciones para una excursión de día sin pernocta.

1. Precio del arrendamiento.

Incluye IVA, seguro, combustible, patrón y limpieza final.

 

2. Itinerario, embarque y uso de la embarcación.

El itinerario será propuesto por el arrendatario, si bien estará condicionado a que, a juicio exclusivo del patrón, resulte viable en función de las condiciones del mar y la predicción meteorológica, así como del tiempo de duración de la excursión.
El embarque se realizará en fecha, hora y lugar acordados entre el patrón y el arrendatario.

3. Daños, desperfectos y perdidas producidos durante el arrendamiento.

a. Si durante el periodo de arrendamiento se producen daños o desperfectos no imputables al patrón, el arrendatario y los pasajeros tienen la obligación de comunicarlo al patrón.

b. El Arrendatario y los pasajeros serán responsables de cuantos daños, desperfectos o pérdidas puedan causar durante el alquiler de la embarcación debiendo abonar la cantidad necesaria para cubrirlos.

4. Cancelación

a. La empresa podrá rescindir unilateralmente el presente contrato sin que corresponda al arrendatario ni a los demás pasajeros devolución o indemnización alguna por esta cancelación cuando:

    • Se pretenda usar la embarcación para fines distintos a los que está destinada;
    • Por el incumplimiento de cualquiera de los pagos;
    • Por incumplimiento de alguna de las términos del presente contrato;
    • Por el subarriendo de la embarcación sin consentimiento de la empresa por escrito.

b. El arrendador podrá cancelar el presente contrato con devolución de la totalidad de las cantidades hasta el momento recibidas, y sin que corresponda al arrendatario ni a los demás pasajeros indemnización alguna por esta cancelación

 

c. Los costes repercutidos al arrendatario por anulación anticipada serán:

    • 20% del total del alquiler si la anulación es antes de 60 días del embarque.
    • 40% si es entre 30 y 60 días anteriores al embarque.
    • 50% si es entre 30 y 15 días anteriores al embarque.
    • 100% si es durante los 15 días anteriores al embarque.

 

d. En caso de que el patrón determine que la meteorología pone en riesgo la seguridad de los pasajeros, y si no se llega a un acuerdo entre la empresa y el cliente para encontrar una fecha alternativa, se cancelará el contrato y el arrendador devolverá al arrendatario las cantidades entregadas hasta ese momento menos un 10% por gastos de gestión.

e. No será motivo de cancelación que el día del Chárter esté nublado.

 

5. Autoridad del patrón. Comportamiento de los pasajeros y arrendatario.

a. En todo momento el arrendatario y los demás pasajeros se sujetarán en su comportamiento a las medidas de seguridad y directrices sobre el uso de la embarcación y sus instalaciones que les traslade el patrón.

b. Asimismo, el arrendatario y los demás pasajeros se obligan a dar un uso correcto a la embarcación y a sus instalaciones, respetando las normas de uso de las mismas, así como las de una pacifica convivencia a bordo.

c. En ningún caso podrán e arrendatario ni los demás pasajeros llevar a cabo a bordo actividad alguna molesta, insalubre ni contraria a la ley o al orden público.

d. Cualquier comportamiento por parte del arrendatario o los demás pasajeros que no se adecue a la legalidad vigente o a lo establecido en esta cláusula dará derecho al arrendador a dar por finalizado anticipadamente el contrato, sin que corresponda al arrendatario la devolución de cantidad alguna previamente entregada, y pudiendo ser desembarcados tanto el arrendatario com el resto de pasajeros, en el puerto o fondeadero más próximo a juicio del patrón. En este último caso, los equipajes, enseres y demás objetos personales del arrendatario y los pasajeros serán igualmente desembarcados.

 

6. Responsabilidad del arrendador y del patrón.

Ni el arrendador ni el patrón serán responsables de la pérdida, extravió o daño de los equipajes, enseres o pertenencias del arrendatario o de los demás pasajeros, como tampoco de los daños corporales, secuelas, enfermedad o fallecimiento que puedan sufrir el arrendatario o cualquiera de los pasajeros durante su estancia a bordo.

 

7. Numero máximo de pasajeros.

No podrá subir a bordo ninguna persona ajena a este contrato y que no figure en la lista de pasajeros y en ningún caso el número total de pasajeros no podrá exceder del indicado en el certificado de navegabilidad según la zona de navegación.
Los animales de compañía están prohibidos a bordo.
Los niños mayores de 1 año tendrán a todos los efectos la consideración de pasajero.

 

8. Código civil y competencia judicial.

En todo lo no dispuesto en el presente contrato se estará a lo dispuesto en el código civil. Las partes acuerdan someter cualquier controversia que pueda surgir entre ellas por razón del presente contrato a la jurisdicción de los tribunales de Madrid, renunciando expresamente al fuero propio.

×